¿Cómo se divide la propiedad comunitaria?
La ley no requiere una división de bienes en especie. Todo lo que la ley requiere es que el valor neto de los activos recibido por cada cónyuge sea igual. No es poco común que a un cónyuge se le conceda la residencia familiar y al otro cónyuge los negocios familiares y las inversiones en bienes raíces. Siempre que el valor total neto de los activos que reciba cada cónyuge sea igual, tal división se considera apropiada por la ley de California.
California / Ley de Familia / Preguntas Frecuentes
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A: Sí, la ley de California permite a los cónyuges incluir la modificación o eliminación de la pensión alimenticia en su acuerdo … Más
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A: La ley de California define la propiedad como un activo adquirido ó ingreso ganado por una persona casada mientras se encuentra viviendo con su cónyuge. … Más
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A: California fue el primer Estado que puso en práctica el concepto de divorcio sin responsabilidad. En California, una disolución del matrimonio (divorcio) … Más
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A: Antes de presentar una petición de divorcio, uno de los cónyuges tiene que haber sido residente del Estado durante seis meses continuos y del condado … Más
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A: El sentido legal NO es la misma cosa que una anulación en sentido religioso. Una anulación legal significa que el matrimonio fué inválido … Más
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A: En California, si un cónyuge ha obtenido un grado universitario ó un título profesional, el patrimonio comunitario tiene derecho a ser reembolsado … Más
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A: En la medida en que una persona casada acumule un interés en una pensión, retiro, participación de utilidades ú otro plan de beneficios a … Más
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A: Cuando los hijos menores están involucrados, el cónyuge custodio es usualmente a quien se le permite vivir en la residencia con los hijos durante un … Más
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A: La FSD ó dependencia local del sostenimiento de los hijos iniciará una acción para establecer una orden de sostenimiento del(los) hijo(s) si … Más
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A: Ambos padres son responsables del financiamiento del sostenimiento de su(s) hijo(s). El progenitor custodio directamente sostiene al(los) hijo(s) proveyendo … Más
Ley de Familia / Subcategorías
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